La Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) declaró la intrascendencia e improcedencia de la solicitud de plebiscito.
En sesión pública, se resolvió que la declaratoria de necesidad para otorgar una concesión en el corredor Tijuana–Rosarito 2000 no justifica un mecanismo de consulta ciudadana.
La Comisión explicó que dicha declaratoria es un trámite obligatorio conforme al Reglamento de Concesiones del estado y que únicamente formaliza la intención del Ejecutivo estatal de conceder, por excepción, el uso del carril confinado, por lo que no cumple con los requisitos para ser sometida a plebiscito.
Así se pierde la oportunidad de realizar un ejercicio de participación ciudadana en Baja California.
Nota por Rafael Torres
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